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Sobreseimiento provisional en procedimiento penal por estafa bancaria en Madrid

Morez Abogados logra que la Audiencia Provincial estime un recurso de apelación y acuerde el sobreseimiento provisional de un procedimiento por presunta estafa en la modalidad de «mula bancaria», evitando que nuestro cliente fuera enviado a juicio oral.

El caso

Nuestro cliente se encontraba investigado en un procedimiento penal por delito de estafa en la modalidad conocida como «mula bancaria», figura que ha cobrado especial relevancia en los últimos años con el auge de las estafas online y el fraude bancario organizado.

El Juzgado de Instrucción dictó un auto acordando la continuación del procedimiento abreviado y el envío a juicio oral de nuestro defendido, basándose en indicios que, a nuestro juicio, resultaban insuficientes y no alcanzaban el umbral probatorio necesario para fundamentar una acusación penal.

Nuestra estrategia de defensa

Tras analizar exhaustivamente las actuaciones, identificamos las debilidades fundamentales de la acusación:

Falta de elementos probatorios sólidos que vincularan directamente a nuestro cliente con los hechos investigados.

Ausencia de prueba sobre el conocimiento y participación consciente en la supuesta trama de estafa bancaria.

Indicios meramente circunstanciales que no alcanzaban la solidez necesaria para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.

Interpusimos un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial fundamentado en criterios jurisprudenciales recientes sobre estafas bancarias, delitos económicos y, especialmente, sobre la figura de las «mulas bancarias», argumentando que los indicios existentes eran claramente insuficientes para sustentar una acusación penal.

La resolución de la Audiencia Provincial

La Audiencia Provincial de Madrid estimó íntegramente nuestro recurso de apelación y acordó el sobreseimiento provisional del procedimiento penal contra nuestro cliente.

En su resolución, el tribunal destacó expresamente:

La ausencia de pruebas suficientes que vincularan directamente a nuestro defendido con los hechos investigados

La falta de elementos incriminatorios sólidos que permitieran fundamentar una acusación penal con garantías

La necesidad de respetar el principio de presunción de inocencia, que exige indicios racionales de criminalidad suficientemente sólidos para enviar a una persona a juicio

Esta resolución supone el archivo definitivo del procedimiento y evita que nuestro cliente tuviera que enfrentarse a un juicio oral innecesario, preservando así su reputación personal y profesional.

Claves del éxito en este caso

Análisis técnico exhaustivo del procedimiento: identificamos desde el primer momento las debilidades probatorias de la acusación y centramos nuestra estrategia defensiva en evidenciarlas.

Defensa penal especializada en delitos económicos: aplicamos criterios jurisprudenciales actualizados en materia de estafas bancarias, fraude online y figuras como las «mulas bancarias».

Estrategia procesal precisa: el recurso de apelación se fundamentó en argumentos jurídicos sólidos que convencieron a la Audiencia Provincial de la insuficiencia probatoria del caso.

Protección integral del cliente: conseguimos evitar un juicio innecesario, el desgaste emocional y económico que supone, y preservamos la reputación de nuestro defendido.

Conclusión

Este caso confirma que una defensa penal técnica y especializada puede marcar la diferencia en procedimientos complejos relacionados con delitos económicos: estafas bancarias, apropiación indebida, blanqueo de capitales, fraudes informáticos o delitos contra el patrimonio.

 

En Morez Abogados trabajamos con el máximo rigor profesional y compromiso absoluto para asegurar la mejor defensa posible a nuestros clientes, tanto en fase de instrucción como en recursos de apelación ante las Audiencias Provinciales.

Si te encuentras investigado en un procedimiento penal por delito económico o necesitas recurrir una resolución judicial desfavorable, nuestro equipo de abogados penalistas especializados puede ayudarte.

¿Necesitas un abogado penalista especializado en delitos económicos en Madrid?

Si te encuentras investigado por delito de estafa, fraude bancario, apropiación indebida o cualquier delito económico, es fundamental contar con un equipo de abogados especializado que actúe desde el primer momento. En Morez Abogados contamos con amplia experiencia en derecho penal económico y un historial probado de casos de éxito en Madrid.

Teléfono urgente 24h: 623 00 82 82

Dirección: Calle de Santa Engracia, 151, 1º Oficina 2, Chamberí, 28003 Madrid

Email: info@morezabogados.com

Primera consulta gratuita y confidencial. Atención personalizada y defensa técnica especializada.

 

FAQs – Preguntas frecuentes sobre estafa bancaria y «mulas bancarias»

¿Qué es una «mula bancaria» en derecho penal?

Una «mula bancaria» es una persona que, consciente o inconscientemente, facilita su cuenta bancaria para que terceros realicen operaciones fraudulentas. Los delincuentes utilizan estas cuentas para recibir dinero procedente de estafas y transferirlo posteriormente, dificultando así el rastreo del dinero. En muchos casos, las personas actúan como «mulas» sin conocer realmente la procedencia ilícita de los fondos, lo que complica su situación legal.

¿Qué pena tiene el delito de estafa bancaria en España?

El delito de estafa está tipificado en los artículos 248 y siguientes del Código Penal. Las penas varían según la cuantía defraudada y las circunstancias del caso:
Estafa básica: prisión de 6 meses a 3 años si la cuantía supera los 400 euros
Estafa agravada: prisión de 1 a 6 años cuando la cuantía supera los 50.000 euros, afecta a muchas personas, o se utilizan medios tecnológicos
Estafa de especial gravedad: prisión de 4 a 8 años cuando la cuantía supera los 250.000 euros
Además de la pena de prisión, el condenado debe indemnizar a las víctimas por el perjuicio causado.

¿Qué debo hacer si me acusan de participar en una estafa bancaria?

Si te encuentras investigado o acusado en un procedimiento por estafa bancaria, es fundamental que sigas estos pasos:
1. No declares sin abogado: tienes derecho a asistencia letrada desde el primer momento. Cualquier declaración sin asesoramiento puede perjudicar tu defensa.
2. Contacta inmediatamente con un abogado penalista especializado: los delitos económicos requieren conocimientos técnicos específicos. No todos los abogados tienen experiencia en este tipo de casos.
3. Recopila toda la documentación: extractos bancarios, contratos, correos electrónicos, mensajes de WhatsApp y cualquier prueba que demuestre tu versión de los hechos.
4. No contactes con otros investigados: evita cualquier comunicación con personas relacionadas con el caso, ya que podría interpretarse negativamente.
5. Actúa con rapidez: en fase de instrucción es cuando se puede construir la mejor defensa y evitar que el caso llegue a juicio oral.

¿Puedo ir a la cárcel si me acusan de ser «mula bancaria»?

Depende de las circunstancias del caso y, especialmente, de si existe prueba de tu participación consciente en la estafa. Los elementos clave que evalúa el juez son:
Intencionalidad: ¿sabías que tu cuenta se utilizaría para actividades delictivas?
Beneficio económico: ¿recibiste dinero a cambio de facilitar tu cuenta?
Conocimiento de la procedencia ilícita: ¿eras consciente de que el dinero procedía de estafas?
Si no existen pruebas suficientes que demuestren tu participación consciente y voluntaria, es posible conseguir el sobreseimiento (archivo del caso) o la absolución en juicio. Una defensa técnica especializada puede marcar la diferencia entre una condena y la absolución.

¿Qué es el sobreseimiento provisional y qué consecuencias tiene?

El sobreseimiento provisional es una resolución judicial que archiva temporalmente un procedimiento penal cuando no existen pruebas suficientes para continuar con la acusación. Sus consecuencias son:
✅ Se paraliza el procedimiento: no se celebra juicio oral
✅ No hay condena ni antecedentes penales: tu historial penal queda limpio
✅ Se levantan las medidas cautelares: si había orden de alejamiento, retirada de pasaporte u otras medidas, se suprimen
✅ Puede reabrirse: si aparecen nuevas pruebas, el caso puede reactivarse (aunque en la práctica es poco frecuente)
El sobreseimiento provisional es un resultado muy favorable para el acusado, ya que evita el desgaste de un juicio y protege su reputación.

¿Puedo recurrir si me condenan por estafa bancaria?

Sí, toda sentencia condenatoria puede recurrirse. Existen dos vías principales:
1. Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial: se interpone contra sentencias de Juzgados de lo Penal y permite revisar tanto los hechos como la aplicación del derecho. Plazo: 10 días desde la notificación de la sentencia.
2. Recurso de casación ante el Tribunal Supremo: solo procede contra sentencias de Audiencias Provinciales y únicamente por motivos tasados (infracciones legales graves, vulneración de derechos fundamentales). Plazo: 5 días desde la notificación.
Es fundamental actuar con rapidez: los plazos son muy breves y, si se dejan pasar, pierdes el derecho a recurrir. Un abogado penalista especializado evaluará las posibilidades de éxito del recurso y preparará los argumentos jurídicos más sólidos.

¿Qué diferencia hay entre estafa, apropiación indebida y administración desleal?

Aunque los tres delitos afectan al patrimonio ajeno, tienen diferencias importantes:
Estafa (art. 248 CP): engañar a alguien para que entregue dinero o bienes voluntariamente. Ejemplo: falsificar documentos para obtener un préstamo bancario.
Apropiación indebida (art. 252 CP): quedarse con dinero o bienes que se recibieron legítimamente pero que deben devolverse o destinarse a un fin concreto. Ejemplo: un administrador de fincas que se apropia del dinero de la comunidad.
Administración desleal (art. 252 CP): quien tiene facultades de administración sobre patrimonio ajeno lo gestiona de forma perjudicial en beneficio propio o de terceros. Ejemplo: un directivo que realiza operaciones ruinosas para la empresa en beneficio personal.
La diferencia principal está en el momento y forma en que se obtiene el bien: con engaño (estafa), sin engaño pero negándose a devolverlo (apropiación) o gestionándolo mal intencionadamente (administración desleal).